Las restricciones a la publicación de encuestas políticas establecidas por la Junta Central Electoral (JCE) comenzaron a enfrentar cuestionamientos sobre la capacidad del órgano para imponer limitaciones no previstas expresamente en la ley, en un debate que ha reactivado criterios del Tribunal Constitucional (TC) sobre los límites de la potestad reglamentaria y que ahora encuentra respaldo en una opinión reciente de la Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus).
Finjus sostuvo ayer que la discusión no se limita a determinar si la JCE tiene facultades para regular las encuestas electorales, sino a establecer si una restricción de esta naturaleza puede imponerse mediante reglamento cuando afecta actividades y derechos cuyo alcance —afirmó— debe definirse mediante ley aprobada por el Congreso Nacional.
«La cuestión que nos ocupa parte de la duda inicial de si ¿cuenta este reglamento con suficiente respaldo legal para limitar la actividad de libre empresa de las encuestadoras y prohibir la publicación de encuestas fuera de los plazos de precampaña y campaña electoral?», planteó la Finjus en un documento.
Pero la entidad sostuvo que el alcance del debate es más amplio: «Lo que está en juego es más profundo (…); si este reglamento, al regular el flujo de información sobre tendencias y preferencias electorales, puede afectar legítimamente el acceso ciudadano a datos que nutren la participación política permanente en una sociedad democrática».
La entidad agregó que la JCE posee potestad reglamentaria en los asuntos de su competencia, pero recordó que esa facultad tiene como función desarrollar la ley y no sustituirla ni contradecirla.

