El Juzgado de Puerto Plata dictó apertura a juicio contra el pelotero Wander Franco por abuso de una menor y a la madre por explotación sexual. Ambos enfrentan múltiples cargos legales.
Por John Santos
Puerto Plata, República Dominicana. – Acogiendo la solicitud del Ministerio Público, el Juzgado de la Instrucción del Distrito Judicial de Puerto Plata dictó auto de apertura a juicio contra el pelotero profesional Wander Franco por el abuso de una adolescente, y contra la madre de la víctima por explotación sexual y lavado de activos.
La decisión fue tomada este jueves por el juez Pascual Francisco Valenzuela, quien ratificó para ambos acusados la medida de coerción, consistente en presentación periódica.
Los fiscales Claudio Cordero, de la Procuraduría Especializada Antilavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo, y José Martínez Montán, de la Fiscalía de Puerto Plata, destacaron la solidez de la acusación presentada por el Ministerio Público, que fue valorada por el juez Valenzuela para ordenar el juicio de fondo.
"Consideramos que es una acusación sólida y el tribunal la ha respaldado. Las pruebas presentadas por el Ministerio Público vinculan estrechamente a los acusados con los hechos descritos en la acusación", explicó Cordero.
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El expediente detalla que la conducta de Franco Aybar infringe las disposiciones del Principio V y los artículos 25, 396 literales B y C, 409 y 410 de la Ley 136-03, que regula el Código para el Sistema de Protección de los Derechos Fundamentales de Niños, Niñas y Adolescentes, así como los artículos 265, 266 y 331 del Código Penal Dominicano y los artículos 3 de la Ley 137-03 sobre Tráfico Ilícito de Migrantes y Trata de Personas.
En cuanto a la madre, cuyo nombre se omite por razones legales, el Ministerio Público sostiene que esta violó las disposiciones del Principio V y los artículos 25, 396 literal B, 409 y 410 de la Ley 136-03, además de los artículos 2, 11 y 15, y el artículo 9 de la Ley 155-17 sobre Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo. También se le imputan los artículos 265 y 266 del Código Penal Dominicano, así como los artículos 3 y 7 de la Ley 137-03 sobre Tráfico Ilícito de Migrantes y Trata de Personas.