Puerto Plata: Condenan alcalde de Cabarete por negar información

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PUERTO PLATA.- La Cámara Civil y Comercial de la provincia de Puerto Plata condenó por segunda ocasión a la Junta Distrital de Cabarete y a su director Freddy Zarzuela Cruz, por su negativa a entregar información sobre el manejo de los recursos de ese ayuntamiento, violando la de libre acceso a la información.

La demanda fue presentada por la Asociación para la Protección del Medioambiente y del Turismo de la zona de Cabarete y Sosúa (ASOPROCASO) y su dirigente el señor Michel Gay-Crosier.

El tribunal ordena entregar las informaciones solicitadas en un plazo de 20 días calendario e impone el pago de un astreinte RD$3,000 pesos por cada día sin cumplir la sentencia.

El tribunal también ordena a la Junta Distrital crear una página web donde difunda toda la información sobre su funcionamiento, el uso de los recursos y la gestión de su director Freddy Zarzuela Cruz, en un plazo no mayor de 180 días calendario.

En septiembre de 2021, el tribunal acogió un recurso de amparo contra la Junta Distrital de Cabarete y Zarzuela, condenándolo a entregar las informaciones solicitadas y al pago de un astreinte de RD$2,000 por cada día, decisión que tampoco cumplieron.

Los querellantes, licenciado Luis José Gómez Alvarez y ASOPROCASO, dicen no “entender que un ayuntamiento, manejado por un grupito de gente corrupta, se niegue a dar informaciones a la comunidad de cómo se está gastando el dinero público, y depositaron en el tribunal documentos que comprueban las irregularidades denunciadas”.

Motivado en las sentencias condenatorias, los querellantes solicitaron la intervención de la Junta Distrital y realizar una auditoría, y pidieron al gobierno no entregar recursos hasta asegurar que haya transparencia en ese cabildo.

Freddy Zarzuela Cruz y la Junta Distrital de Cabarete también enfrentan una querella penal por el “desastre ambiental” ocasionado en Boca de Yásica, y porque no se conoce “el destino de los arbitrios cobrados por el uso de suelo”.

Recordaron que por la sentencia del Tribunal Constitucional (TC) número TC-0357-15, el ayuntamiento de Cabarete está impedido de otorgar cartas de no objeción para obras y cobrar arbitrios en esa demarcación.

LA SENTENCIA

            El tribunal ordenó entregar a la parte demandante la información, en forma digital, la lista de entidades privadas con las que mantiene relaciones comerciales; los presupuestos, uso, y la ejecución desde el 24-4-2020; copia de las resoluciones y actas de sesión del cabildo, desde enero 2019. Igualmente, detalle del dinero pagado, aportado o donado a personas.

            También estado de cuentas de la deuda de la entidad y la deuda contraída para la compra de cualquier vehículo; sus vencimientos y pagos, documentos justificativos, y estados de las cuentas bancarias, con copia de cada cheque pagado desde abril 2020.

Además, copia de las propuestas recibidas para la compra de camiones compactos y maquinarías desde el 24 abril 2020, y matrícula del camión compactador comprado en 2021; de los contratos de alquiler de camiones, facturas de pago y soportes, desde el 24-4-2020. 

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