Piden estudio de impacto ambiental de central térmica en área protegida de Manzanillo

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Piden estudio de impacto ambiental de central térmica en área protegida de Manzanillo

Manzanillo, Montecristi.- El Centro Bahia de Manzanillo para el Desarrollo Regional (CEMAMDER) solicitó este lunes, la intervención del Defensor del Pueblo de la República Dominicana, Pablo Ulloa,  a fin de lograr que el ministro de Medio Ambiente, Orlando Jorge Mera, cumpla con la Ley General 200-04, de Libre Acceso a la Información Pública, al negarse a entregar información relativas al Plan de Estudio Ambiental del proyecto que pretende desarrollar una central térmica dentro del área protegida Laguna Saladilla, en Manzanillo.

El presidente del Centro CEMAMDER Frank Valenzuela, afirmó que mediante solicitudes número: SAIP-SIP-000-63459, 60 y 61 de fecha 2022-04-02 al Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales y que su respuesta tardía de fecha miércoles 27 de abril de 2022, respondieron diciendo que «sirva la presente para informarle que, con respecto  al Estudio de Impacta Ambiental realizado le comunicarnos que el mismo estuvo disponible en horario de 8:00 a.m. a 3:30 p.m., en la Oficinas de este Ministerio de Medio ambiente, durante 15 días laborables, el plazo de la para la consulta del Estudio de Impacto Ambiental de los referidos proyectos está vencido».

El presidente de la entidad no gubernamental, lamentó que siendo el actual ministro del Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales, Orlando Jorge Mera, hijo de un verdadero demócrata y un luchador por las luchas civiles del pueblo dominicano se preste a denegar informaciones que son de carácter público, recordando de que quien lo hace es un prestigioso abogado de los tribunales de la justicia dominicana, y en este caso quiere justificar   chicanas jurídicas. 

Valenzuela resaltó que es lamentable la denegación de informaciones pública y con ello la violación a la ley, porque hasta un proyecto que ha sido seriamente cuestionado como lo es Punta Catalina mantiene en la web su estudio de Impacto Ambiental con más de 900 páginas de la formulación del proyecto, para que sea documento de consulta e información ciudadana.

Agregó que el caso del citado proyecto que va a impactar en el área protegida Laguna Saladilla, el estudio de impacto ambiental tiene que estar a investigar, evaluar y documentar las informaciones que permitan a los involucrados en el sistema, especialmente a la ciudadanía del Municipio Pepillo Salcedo, a los servicios públicos u otras instituciones responsables y al proponente, a tener un conocimiento acabado sobre los riesgos y beneficios de la implementación de dicho proyecto.

Enfatizó que, sobre todo es necesario para poder cuantificar y mitigar, en alguna medida, los posibles impactos que se podrían generar durante el ciclo del proyecto

Recordó que la Ley 64-00, crea el Ministerio de Medio Ambiente por objeto desarrollar las disposiciones sobre protección, conservación y recuperación del medio ambiente; el uso sostenible de los recursos naturales; así como también, normar la gestión ambiental, pública y privada y la protección ambiental como obligación básica del Estado

 De igual manera Propiciar la   integración de la sociedad civil  y las organizaciones comunitarias a los planes, programas y proyecto destinados a la preservación y mejoramiento del medio ambiente.

El proyecto “Manzanillo Power Land” consiste en la construcción y operación de una central termoeléctrica, con capacidad de producción neta de 360 MW +/- 15% (414 MW) neto y 432 MW nominal, operando con gas natural, conformada por el arreglo de ciclo combinado de dos (2) turbogeneradores Siemens: una (1) turbina de gas de 269.1 MW y un (1) turbogenerador a vapor de 144.9 MW, y mediante transformadores elevadores se interconectará al Sistema Eléctrico Nacional Interconectado (SENI) en la Subestación El Naranjo a 345 Kv, con uila longitud de 115 kilómetros. El proyecto se desarrollará en una (1) etapa.

Los componentes del proyecto están definidos por: una estación flotante de regasificación de almacenamiento con capacidad de 143,000 m* de Gas Natural Líquido (GNL), mediante una tubería soterrada de  conexión de 16” de diámetro, que servirá para descargar eT GNL desde el tramo submarino de 1 kilómetro  de longitud y otro tramo en tierra firme de 6.2 kilómetros de longitud aproximadamente, hasta la zona de instalación de la planta generadora de energía eléctrica; dos (2) tanques receptores de GNL con capacidad de 60,QQ0 m" cada uno, para una capacidad total de almacenamiento de 120,000 m"; e infraestructura y planta de producción, que albergará las áreas administrativas y operativas.

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