El fallo del Tribunal Constitucional y el desafío a la disciplina institucional

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Reverendo Padre Ángel Díaz Gil, parroco de la Catedral Santa Ana. Fuente externa.

Una sentencia que elimina artículos militares y policiales abre un debate sobre valores, soberanía y cohesión en cuerpos castrenses.

Por Reverendo Padre Ángel Díaz Gil

El reciente fallo del Tribunal Constitucional que declara inconstitucionales los artículos 210 de la Ley 285-66 (Código de Justicia Policial) y 260 de la Ley 3483-53 (Código de Justicia Militar), los cuales sancionaban el concúbito entre personas del mismo sexo en las fuerzas armadas y policiales, no solo constituye una imposición ideológica ajena a nuestros valores, sino que también implica un serio riesgo para la disciplina y la cohesión institucional.

Es pertinente destacar que esta sentencia surge de una acción promovida por ciudadanos que nunca han pertenecido a instituciones castrenses o policiales y que, por tanto, desconocen la naturaleza, la estructura y los fines de estos cuerpos especializados. A ello se suma que la mayoría de las opiniones consideradas provinieron de organismos pro-LGBTI+ e incluso de entidades extranjeras con agendas claramente distantes de la soberanía y la cultura dominicana. Llama la atención que no se consultara a los propios miembros de las fuerzas armadas o policiales, quienes son los directamente afectados y quienes mejor comprenden la importancia de mantener un régimen disciplinario estricto.

Las normas impugnadas no tenían como propósito discriminar, sino preservar la disciplina, la jerarquía y la moral dentro de instituciones esenciales para la seguridad nacional. Su eliminación abre la puerta a comportamientos que, en contextos castrenses, pueden afectar la operatividad, el orden interno y la imagen de estos cuerpos. No se trata de preferencias individuales, sino de exigencias funcionales propias de instituciones que requieren unidad, rigor y cohesión.

Preocupa que el Tribunal Constitucional, en lugar de resguardar nuestro ordenamiento jurídico y cultural, haya cedido ante presiones de grupos activistas interesados en redefinir, desde una óptica externa, lo que significa ser dominicano. Esta sentencia vulnera nuestras tradiciones, desconoce la voluntad del legislador y minimiza el carácter especial de las instituciones militares y policiales, reconocido incluso por la Constitución.

Es momento de reafirmar lo nuestro: la familia, la disciplina y la soberanía nacional. Esta sentencia no refleja los valores de la nación dominicana.

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