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lunes, febrero 9, 2026
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Aumento salarial, inflación e indexación: una deuda pendiente con los trabajadores

El alza de 20 % al salario mínimo queda neutralizada por el costo de la vida, mientras persiste el reclamo de indexar los salarios y la escala del ISR conforme a la ley

Por Alfredo Cruz Polanco

El sector empresarial volvió a imponer su criterio en el Comité Nacional de Salarios, escenario recurrente cada vez que se discute un aumento salarial. Dicho órgano, integrado por representantes del sector empresarial, del gobierno y de la denominada clase trabajadora, aprobó un incremento del 20 % al salario mínimo del sector privado no sectorizado, distribuido en dos etapas: un 12 % aplicado el año pasado y un 8 % vigente a partir del primero de febrero de este año.

Sin embargo, este aumento resulta insuficiente frente al costo de la canasta básica familiar, que comprende el conjunto de bienes y servicios esenciales para la subsistencia de una familia promedio de clase baja y media. A finales del año pasado, dicho costo superaba los 48,500 pesos mensuales y, según expertos, ya sobrepasa los 50,000 pesos en la actualidad.

A esta situación se suma que la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) mantiene una escala salarial desfasada para el cobro del Impuesto Sobre la Renta (ISR) a las personas físicas, que parte de un ingreso mensual de 34,683.33 pesos, equivalente a 416,200 pesos anuales. Esta realidad constituye una injusticia, pues implica gravar con impuestos los ya limitados ingresos de empleados y trabajadores.

Ante este panorama, el Gobierno dominicano está obligado a aplicar la indexación salarial a todos los empleados y trabajadores, medida que no se ejecuta desde hace más de ocho años, pese al sostenido aumento del costo de los productos, bienes y servicios de primera necesidad. La última indexación se realizó en 2017, mientras que la inflación anual alcanzó un 5 % al cierre de 2025.

En la práctica, el incremento salarial del 20 % ya ha sido absorbido por la inflación, debido a que muchos empresarios trasladaron de inmediato dicho aumento a los precios de los productos básicos. El sector empresarial se ha resistido a reconocer que, en la medida en que aumenta el circulante y el poder adquisitivo de la clase trabajadora, también se incrementan las ventas de los bienes de consumo básico, generando mayores beneficios económicos.

Para los trabajadores de menores ingresos, prácticamente todo lo que perciben se destina a la subsistencia, sin margen para otros fines. Por ello, carece de sentido cargar al precio de los productos de primera necesidad el impacto del aumento salarial, cuando este podría dinamizar la economía y fortalecer el consumo interno.

En ese contexto, se reitera que el Gobierno dominicano debe proceder a la indexación de los salarios de los empleados y trabajadores públicos antes de someter una nueva reforma fiscal. La indexación salarial es un mecanismo de ajuste automático de los salarios para compensar la pérdida del poder adquisitivo ocasionada por la inflación, utilizando como referencia el Índice de Precios al Consumidor del Banco Central de la República Dominicana.

El objetivo principal de la indexación es preservar el valor real de los ingresos. Se trata de una medida justa y necesaria para mantener el dinamismo de la economía y evitar lo que algunos economistas denominan el “impuesto por inflación”.

En la República Dominicana, la indexación salarial está contemplada en el artículo 327 del Código Tributario, el cual ordena el ajuste anual de la escala del Impuesto Sobre la Renta conforme a la inflación acumulada, a fin de que los salarios no pierdan su poder adquisitivo. No obstante, esta disposición legal no se ha aplicado, lo que constituye una clara violación a la normativa vigente.

El autor es Contador Público Autorizado, máster en Relaciones Internacionales, exdiputado al Congreso Nacional y exmiembro de la Cámara de Cuentas de la República Dominicana (2010-2016).

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