
Por Rafael Díaz Filpo
El proyecto de Ley Orgánica sobre Libertad de Expresión y Medios Audiovisuales, recientemente sometido al Senado dominicano, es abiertamente inconstitucional. Representa una amenaza real para la libertad de expresión y un alarmante retroceso en la protección de los derechos fundamentales en la República Dominicana.
Como juez emérito del Tribunal Constitucional, no puedo permanecer indiferente ante la gravedad de esta propuesta. La creación del Instituto Nacional de Comunicación (Inacom), un órgano administrativo con facultades para suspender transmisiones, sancionar medios y eliminar contenidos, constituye una violación directa del artículo 49 de la Constitución, que prohíbe toda forma de censura previa.
El proyecto también vulnera el artículo 40, numeral 15, que garantiza el debido proceso y prohíbe la imposición de sanciones administrativas que afecten derechos fundamentales sin la intervención de un juez. Igualmente, entra en conflicto con el artículo 69, que consagra el derecho a una tutela judicial efectiva, estableciendo que ninguna persona puede ser juzgada ni sancionada por órganos ajenos al poder judicial.
Además, este proyecto desconoce compromisos internacionales asumidos por el Estado dominicano, como el artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José), que protege la libertad de pensamiento y expresión, y prohíbe expresamente tanto la censura previa como las restricciones indirectas a su ejercicio.
Concentrar tanto poder en un órgano adscrito al Ministerio de Cultura atenta contra la independencia que debe caracterizar a cualquier entidad encargada de regular la libertad de expresión. Sin garantías de autonomía, el riesgo de que el Inacom sea instrumentalizado políticamente es inminente.
No basta con proclamar derechos en un texto legal. La verdadera garantía de la libertad de expresión radica en evitar todo mecanismo que permita imponer sanciones desproporcionadas o arbitrarias. El proyecto contempla multas excesivas y suspensiones que podrían inhibir la crítica y el libre debate de ideas.
De igual forma, la exigencia de contar con representación legal en el país para plataformas digitales con más de un 10 % de usuarios dominicanos introduce una barrera injustificada. Esta medida no solo afectaría a grandes plataformas, sino también a pequeños medios digitales y ciudadanos que ejercen legítimamente su derecho a la comunicación.
La jurisprudencia constitucional dominicana ha sido clara en la defensa de la libertad de expresión. Sentencias como la TC/0092/19 y la TC/0075/16 han reafirmado que toda restricción debe ser estrictamente necesaria y proporcional, principios que este proyecto ignora por completo.
Resulta inaceptable que, en pleno siglo XXI, se intente imponer un modelo de control mediático disfrazado de modernización legislativa. La libertad de expresión no se negocia, no se regula mediante censura administrativa, ni se limita con sanciones abusivas.
La República Dominicana necesita leyes que fortalezcan los derechos fundamentales, no proyectos que, bajo la apariencia de regulación, escondan intenciones de control político del pensamiento y el debate público.
Mi posición, como jurista y como ciudadano comprometido con los valores democráticos, es de rechazo frontal a este proyecto de ley. La libertad de expresión es la piedra angular de toda democracia y debe ser defendida sin concesiones ni ambigüedades.