Por Alfredo Cruz Polanco
Nuevamente, la Contraloría General de la República (CGR) ha dado a conocer 28 auditorías realizadas a diferentes instituciones públicas de la actual gestión gubernamental. En estos informes se advierten irregularidades, vicios y violaciones a los controles internos y a la Ley 340-06 de Compras y Contrataciones Públicas.
Asimismo, se señalan actos de corrupción administrativa, colusión, distracción y malversación de fondos públicos —por un monto que asciende a miles de millones de pesos— sin que hasta el momento se observe la aplicación de medidas disciplinarias ni un régimen de consecuencias para los implicados.
El señor Presidente de la República Luis Abinader Corona ha instruido al Contralor General de la República, Geraldo Espinosa Pérez, para que realice y publique en el portal web de la CGR dichas auditorías. Pero esta institución, según la Ley 10-07, solo es responsable de la fiscalización interna de los recursos públicos, no de la fiscalización externa de dichos recursos, función que le corresponde única y exclusivamente, a la Cámara de Cuentas de la República (CCRD).
La publicación de dichas auditorías responde a una estrategia del presidente de la República para proyectar una imagen de transparencia en el manejo de los recursos públicos, pretendiendo enviar una señal de compromiso con la persecución de la corrupción administrativa.
El mandatario instruyó publicar todas las auditorías realizadas por esa entidad; sin embargo, con dicha divulgación se observa que el propio Contralor General de la República entra en contradicción con las funciones de la institución que dirige. Prácticamente se autoincrimina ante el país al exponer las debilidades del órgano responsable del control interno de los recursos públicos. Las irregularidades, violaciones, actos de corrupción y faltas graves reveladas en estos informes demuestran que las Unidades de Auditoría Interna (UAI) —presentes en cada institución auditada— no están cumpliendo con su verdadero rol, al permitir todo tipo de infracciones a las Normas Internacionales de Contabilidad (NIC), a las Normas Internacionales de Auditoría (NIA) y a las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF).
Pese a que la ley no faculta explícitamente a la Contraloría a realizar tales publicaciones, el contralor general de la República, Geraldo Espinosa Pérez, explicó que esta nueva entrega, ordenada por el presidente de la República, da continuidad a la divulgación progresiva de las auditorías correspondientes al período comprendido entre agosto de 2020 y diciembre de 2025. Dicha publicación comprende 28 informes: 25 auditorías con enfoque integral y 3 informes de seguimiento a recomendaciones, cuyos resultados pueden consultarse en el portal institucional de la CGR.
Conviene señalar que las auditorías de la CGR no tienen fuerza jurídica para someter por sí mismas a la acción de la justicia a los incumbentes de las instituciones auditadas; esta función le corresponde a la Cámara de Cuentas como responsable del control externo de los recursos públicos, dado que el contralor es designado por el presidente de la República. El rol del contralor es velar por el funcionamiento y cumplimiento de los controles internos establecidos en cada entidad pública y recomendar, mediante resoluciones, las correcciones pertinentes.
En este sentido, el numeral 8 del artículo 18 de la Ley número 10-07 establece, entre las funciones especiales del Contralor General de la República, la obligación de remitir directamente los resultados o informes de auditoría al titular de la entidad u organismo público respectivo, al Poder Ejecutivo, a la Procuraduría General de la República o a la Cámara de Cuentas, según corresponda.
Por consiguiente, a la luz de los informes divulgados, queda demostrado que las UAI o bien actúan en confabulación con los incumbentes de las instituciones fiscalizadas o sencillamente no cumplen con sus deberes. Esto evidencia que dichas auditorías no se realizaron con la eficiencia debida o que su publicación responde meramente a un efecto publicitario.
¿Qué sentido tiene colgar estos informes en la plataforma de la CGR si el señor presidente de la República, en lugar de destituir a los funcionarios implicados, aplicarles medidas disciplinarias o someterlos a la justicia, los promueve o los traslada de institución? Con ello solo se presta un flaco servicio a la lucha por la transparencia, a la persecución de la corrupción administrativa y al fortalecimiento institucional.
Es decir, el remedio resulta peor que la enfermedad. De ahí que dichas auditorías hayan pasado sin pena ni gloria, y que muy pocas personas les otorguen credibilidad, a pesar de que el presidente Abinader afirmó en la ONU que en su gestión se aplica una supuesta transparencia, persiguiendo y castigando la corrupción.





