¿Qué pueden hacer los ciudadanos ante las agresiones en la vía pública? El Código Penal tiene la respuesta
Por Amadeo Peralta
En los últimos tiempos, la seguridad de los ciudadanos que transitan por las vías públicas de la República Dominicana se ha visto seriamente amenazada por la creciente ola de agresiones protagonizadas por limpiavidrios, mendigos, vendedores ambulantes, vagos y parqueadores informales. Estos actos, que en muchas ocasiones implican violencia verbal, amenazas y daños materiales a los vehículos, no solo afectan la tranquilidad de los conductores, sino que también representan violaciones graves a las leyes dominicanas.
Es común ver cómo algunos de estos individuos se abalanzan sobre los vehículos, imponen sus servicios sin consentimiento, y, ante la negativa o indiferencia del conductor, reaccionan con insultos, golpes a los cristales, escupitajos e incluso daños a la carrocería. Estas acciones, lejos de ser simples altercados callejeros, constituyen delitos sancionados por el Código Penal vigente desde 1884 y que, de ser aprobado el nuevo proyecto de reforma, conllevarán penas aún más severas.
¿Qué dice la ley?
El Artículo 279 del Código Penal establece que los vagos o pordioseros que ejerzan actos de violencia contra una persona pueden ser castigados con prisión de seis meses a dos años, sin perjuicio de otras sanciones mayores si las circunstancias lo ameritan. Y si la agresión se dirige hacia una mujer, la situación se agrava considerablemente: según el Artículo 309-1, cualquier acción que cause daño físico, sexual o psicológico a una mujer por razón de su género es considerada violencia y puede conllevar penas de hasta cinco años de prisión.
Pero la legislación no se queda ahí. El Artículo 309-3 del mismo código impone penas de hasta diez años de reclusión si la violencia se ejerce portando armas, causa daño corporal grave, se produce en presencia de menores, o incluye amenazas de muerte o destrucción de bienes. Es decir, si un limpiavidrios o parqueador ataca a un conductor en estas condiciones, podría enfrentar una condena significativa.
¿Qué deben hacer los ciudadanos?
Es importante que cada ciudadano sepa cómo actuar ante estas situaciones. Lo primero es grabar el incidente con el celular, siempre que sea seguro hacerlo, y llamar inmediatamente al 911 para denunciar lo ocurrido. Una patrulla policial podrá detener al agresor en flagrante delito, y luego este deberá ser entregado al Ministerio Público.
El siguiente paso será que la víctima presente una querella formal ante las autoridades, con videos, testigos y demás pruebas disponibles, y que solicite medidas de coerción. En casos como estos, el infractor podría ser imputado por violaciones a múltiples artículos del Código Penal (279, 306, 307, 308, 309-1, 309-3), así como por infracciones a la Ley 5797 de 1962, que sanciona la destrucción de propiedad privada con penas de hasta un año de prisión y multas.
Las amenazas también son delito
No se debe subestimar el poder de la amenaza verbal. El Artículo 306 penaliza las amenazas sin condición con prisión de uno a dos años. El Artículo 307 agrava el castigo cuando se exige dinero, y el Artículo 308 sanciona incluso aquellas amenazas que no encajen en las categorías anteriores, con hasta tres meses de prisión.
La extorsión de parqueadores y la impunidad
Otro escenario recurrente es el enfrentamiento con parqueadores informales que exigen sumas excesivas de dinero por el uso de espacios públicos. Si el conductor se niega, no es raro que el vehículo termine rayado, con los espejos rotos o con cristales golpeados. Este tipo de extorsión, además de ilegal, entra también en el terreno de las amenazas, la coacción y los daños a la propiedad, todos castigados por nuestras leyes.
Un mensaje claro: la ley protege al ciudadano
Recientemente, motoristas que atacaron un vehículo en movimiento en la avenida Winston Churchill del Distrito Nacional fueron apresados y podrían enfrentar hasta un año de prisión, según la Ley 5797. Esto demuestra que la justicia sí puede actuar cuando se le presentan pruebas claras y oportunas.
Es fundamental que la ciudadanía entienda que no está indefensa ante estos abusos. Hay un marco legal vigente que protege a las personas contra todo tipo de agresiones físicas, verbales o psicológicas. Pero para que funcione, es necesario denunciar, grabar y seguir el debido proceso. Solo así dejaremos un mensaje claro a los agresores: no habrá impunidad y el que atente contra la paz y la integridad de otro ciudadano, pasará las navidades tras las rejas. Y así, como dice el pueblo, dejarán de joder.
El autor: Amadeo Peralta. Es un abogado especializado en derecho penal y derechos ciudadanos





