Entre leyes contradictorias, tradición escolar y grabaciones oficiales, persiste la discusión sobre si deben cantarse sus cuatro o doce estrofas.
Por Alfredo Cruz Polanco
Las letras del Himno Nacional de la República Dominicana fueron escritas por el célebre poeta, escritor y abogado Emilio Prud-Homme. La composición, que consta de doce estrofas, fue estrenada públicamente el 17 de agosto de 1883. La música corresponde al maestro José Reyes y se interpretó por primera vez en febrero de 1884, durante las honras fúnebres del traslado de los restos del patricio Juan Pablo Duarte desde Venezuela.
Aunque el himno fue acogido por el pueblo desde 1883, no fue sino hasta 1934 cuando, mediante la Ley núm. 700, se declaró oficialmente. Desde entonces, junto con la bandera y el escudo, constituye uno de los símbolos y valores patrios más sagrados.
La normativa actual, sin embargo, ha generado controversia. El artículo 31 de la Ley 210-19 sobre los Símbolos Patrios establece que, pese a que el himno consta de doce estrofas, solo las primeras cuatro deben usarse en actos oficiales. Esta disposición contradice la Ley núm. 700, que oficializó la obra íntegra de Prud-Homme, y provoca confusión en la enseñanza escolar.
Un ejemplo de esta incoherencia se evidenció cuando el entonces ministro de Educación, Roberto Fulcar, dispuso que los estudiantes que no memorizaran las doce estrofas completas no podrían graduarse de bachiller. En cambio, el uso oficial sigue restringido a solo cuatro.
Recientemente, el ministro de Cultura, Roberto Ángeles Salcedo, presentó una nueva grabación del himno, interpretada por la Orquesta Sinfónica Nacional bajo la dirección del maestro José Antonio Molina y con el acompañamiento del Coro Nacional. La intención de esta versión fue mejorar la calidad sonora con tecnología moderna, sin alterar letra ni música, en estricto cumplimiento del artículo 33 de la Constitución, que garantiza su invariabilidad.
Tras una escucha detallada, se comprobó que tanto la letra como la música fueron fielmente respetadas. No obstante, la grabación se limitó a las primeras cuatro estrofas. Esta decisión desaprovechó la oportunidad de ofrecer al país una interpretación completa con las doce estrofas, tal como fue concebida por Prud-Homme y oficializada por ley.
En el pasado se produjo una versión memorable, interpretada por reconocidos artistas nacionales como Víctor Víctor, Francis Santana, Sergio Vargas y Fernando Casado. Solo en las versiones instrumentales puede justificarse la limitación, ya que estas repiten los mismos pasajes musicales; pero cuando el himno es cantado, su integridad debería preservarse.
Algunos historiadores sostienen que la costumbre de cantar únicamente las primeras cuatro estrofas surgió por disposición del dictador Rafael Leónidas Trujillo, quien buscaba acortar los actos oficiales a los que asistía.
Por estas razones, considero necesario modificar el artículo 31 de la Ley 210-19 para que el Himno Nacional se interprete en su totalidad, con las doce estrofas. Sería un acto de coherencia y respeto hacia la Constitución, hacia los patriotas Emilio Prud-Homme y José Reyes, y hacia los estudiantes que hoy se ven obligados a memorizar la obra completa en nuestras escuelas.
Que así sea.